La idea de un alquiler es buena para las dos partes. El dueño de la vivienda lo usa como una opción de inversión mientras que el inquilino encuentra una vivienda perfecta para él que puede pagar sin incurrir a las deudas de la hipoteca. Hasta aquí, todo suena perfecto, ¿no? Pero llega un momento en el que hay que hablar de un tema muy importante: la reforma de vivienda y quién debería pagarla.
Y es algo complicado porque la ley no es muy clara en cuanto a quién debería hacerse caso según lo que sea necesario pagar. Entonces, para entenderlo mejor, debemos aprender a clasificar el tipo de daño para llegar a la respuesta.
1. ¿Es un daño grave que impide que el inquilino continúe viviendo ahí?
El artículo 21 de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) toca este tema referente a la conservación de la propiedad en alquiler y menciona que el casero debe obligatoriamente encargarse de este tipo de arreglos: “sin derecho a elevar por ello la renta, todas las reparaciones que sean necesarias para conservar la vivienda en las condiciones de habitabilidad para servir al uso convenido”. Es decir, si las reformas de la casa incluyen electrodomésticos como la lavadora, caldera o nevera que se han desgastado con el paso de los años, debe asumirlas el propietario.
Sin embargo, hay casos en que aunque sea un daño grave, puede que la responsabilidad quede en manos del inquilino. Para reconocer cada situación pongamos un ejemplo: si llegara a encontrarse una falla en la tubería de agua, el encargado del las reformas de la casa debería ser el propietario porque impide la habitabilidad de la vivienda. Pero si se demuestra que el daño ha sido generado por el inquilino al dejar, por ejemplo, la llave abierta por mucho tiempo, en este caso podría acusarse de “acto vandálico” y ahí sería responsabilidad del inquilino hacerse cargo del pago necesario.
2. Ahora ¿es un daño causado por el inquilino o sus visitas?
Hay unos arreglos que ni siquiera deberíamos llamarlos como que hacen parte de la “reforma de vivienda” porque simplemente pueden ser causados por algún accidente o por un daño mínimo y que puede producirse por la persona que está viviendo actualmente en la casa. Por ejemplo, que se dañe un bombillo, que se rompa un cristal o que el piso se vaya desgastando y claro, en el caso que mostramos anteriormente en el que se demuestre que el mal uso del inquilino haya causado el daño.
Normalmente, las entidades aseguradoras son las que se encargan de todo el proceso de reformas de la casa alquilada, en la que verifican la causa, la gravedad y el costo para determinar así también quién debería asumirlo, así que si estás pensando en poner una propiedad en alquiler te conviene mucho establecer las condiciones del contrato y por supuesto, tener un buen seguro.